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Nacional

Ordena juez aplicar vacuna de 12 a 17 años

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Cd. de México (12 octubre 2021).- Por primera vez, un juzgado federal ordenó al Gobierno mexicano vacunar a todos los menores de edad de 12 a 17 años contra Covid-19, sin importar su condición de salud.

En su resolución, el juzgado dio 48 horas -que se cumplirán el jueves- para que las autoridades modifiquen la Política Nacional de Vacunación (PNV) y consideren a los menores en la inmunización con la dosis de Pfizer-BioNtech, única autorizada en México hasta ahora para esas edades.

Para la aplicación de las dosis, las niñas, niños y adolescentes de 12 a 17 años deberán ser incluidos en el calendario de julio del 2021 a marzo del 2022 de la estrategia de vacunación.

Actualmente, la PNV sólo considera a alrededor de un millón de menores con padecimientos que los hacen más vulnerables al coronavirus.

Así, la medida beneficiaría a unos 10 millones de niños y adolescentes en México donde, a diferencia de Estados Unidos, la Unión Europea y el Reino Unido, la vacuna no está abierta a ese grupo poblacional.

Si bien jueces federales de todo el País han concedido cientos de suspensiones para vacunar a menores, ésta es la primera en la que se emite una orden con efectos generales para ese sector de la población.

La Secretaría de Salud federal tendría que responder a más tardar el jueves por escrito al Juzgado Séptimo de Distrito en Naucalpan, Estado de México, sobre el cambio.

De lo contrario, la dependencia podría caer en desacato por esta suspensión definitiva de amparo que, si bien aún puede ser impugnada, debe cumplirse de inmediato en tanto un tribunal colegiado de circuito la revisa, lo que tomaría semanas.

La orden del juzgado advierte que de existir desabasto de la vacuna de Pfizer, no debe usarse como justificación para incumplir con la medida cautelar decretada, sino que se deben aplicar las dosis disponibles.

“Para garantizar el derecho humano a la salud”, establece la resolución firmada por Claudia Gámez Galindo, secretaria en funciones de titular del Juzgado Séptimo, “el Estado debe adoptar las medidas necesarias, hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente, por todos los medios apropiados, su plena efectividad”.

La suspensión fue concedida en un amparo promovido en favor de una sola niña, pero el juzgado consideró que no hay impedimento para que la medida tenga efectos generales, ya que el derecho humano a la salud es universal.”Se hace hincapié en que los efectos de esta medida cautelar comprenden no solamente a la menor quejosa, sino a todas las y los menores de 18 años”, especifica.

Fuente: El Norte

 

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