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19 de ene.

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Nacional

RECHAZAN PAOLA GONZÁLEZ Y TATIANA CLOUTHIER PROPUESTA DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DE MORENA EN TAREAS DE FISCALIZACIÓN

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Las diputadas federales por Morena, Sandra Paola González Castañeda y Tatiana Clouthier Carrillo, manifestaron a través de un posicionamiento enviado a través del Palacio Legislativo de San Lázaro, no compartir la propuesta formulada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA, Alfonso Ramírez Cuéllar, con el objeto de ampliar las facultades del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en tareas de fiscalización.

“…pues la misma resulta inviable al trastocar el sistema de distribución de funciones o competencias por la Constitución a ciertos organismos a quien se les han  encargado funciones estatales específicas, con el fin de obtener una mayor especialización en la gestión, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales.”, manifestaron.

“Bajo esta línea argumentativa, nos manifestamos en contra de dicha propuesta, en virtud de que se transgreden diversos preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  en los que se contienen derechos fundamentales y garantías constitucionales de las personas, como son, las garantías de legalidad, seguridad y certeza jurídica, inviolabilidad del domicilio, el secreto financiero y bancario, además, de que se trastoca el sistema que atribuye facultades específicas a diversos organismos constitucionales autónomos en los que rige el principio de especialización.”, argumentaron.

Las diputadas federales indicaron que en cuanto a las garantías de legalidad, seguridad y certeza jurídica e inviolabilidad del domicilio, el artículo 16 de la Constitución establece una serie de restricciones para las autoridades administrativas encargadas de vigilar el debido cumplimiento a las disposiciones fiscales; una de ellas es contar con una orden por escrito de la autoridad competente, la cual debe contener las mismas formalidades establecidas para las órdenes de cateo, en donde debe especificarse los servidores públicos habilitados para ingresar en el domicilio de las personas debidamente identificados y observando las formalidades previstas en la propia constitución.

“La propuesta deja de lado dichas garantías de orden constitucional, apartándose de los principios de legalidad y seguridad jurídica, que conmina a todas las autoridades a ejercer las facultades que específicamente establece la ley, de acuerdo con la naturaleza constitucional de cada órgano.”, señalaron.

Añadieron que particularmente en el caso del INEGI, es un organismo que solo está facultado para producir información estadística y no para fiscalizar a los contribuyentes, de acuerdo con lo previsto por el artículo 26, apartado B, de la Constitución en concordancia con las disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

Incluso, dijeron, la ley reglamentaria del artículo 26 de la CPEUM, establece  que el Instituto no deberá proporcionar a persona alguna, los datos para fines fiscales, judiciales, administrativos o de cualquier otra índole; además, establece que bajo ninguna circunstancia las datos o información podrán utilizarse para otro fin que no sea el estadístico.

Las dos diputadas nuevoleoneses, indicaron que en lo que corresponde a la creación de un “Consejo Fiscal”, la propuesta transgrede lo dispuesto por los artículos 74 y 79 de la Constitución, que establece como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, revisar la Cuenta Pública a través de la Auditoría Superior de la Federación, con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como realizar auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la Ley.

 En síntesis, en la propuesta se formula lo siguiente:

  • Ampliar las facultades del INEGI con el propósito de “medir la concentración de la riqueza”; asimismo, se pretende facultar a dicho instituto para revisar el patrimonio inmobiliario y financiero de todas las personas, así como tener acceso a la información financiera y bursátil de los contribuyentes en poder del Servicio de Administración Tributaria.
  • La creación de un “CONSEJO FISCAL”, con autonomía para evaluar y medir de manera permanente la calidad de los ingresos y los gastos del Estado Mexicano.

Por ello, señalaron que el INEGI, dada la naturaleza de sus funciones como peticionario de información, solo deberá obtenerla de forma voluntaria y declarativa, por tanto, lo citado en el boletín de marras, no debería, en modo alguno, presentar una propuesta que claramente violenta el espíritu de la teoría constitucional al invadir esferas competenciales propias del Sistema de Administración Tributaria y/o Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Unidad de Inteligencia Financiera.

“Cabe destacar que la naturaleza jurídica del INEGI en su aspecto más amplio y teleológico, tiene como mandato constitucional el salvaguardar toda la información que está recaba por su propia naturaleza de confidencial, según la cual no puede ser proporcionada a terceros y/o divulgada de forma nominativa o individualizada, ya que su concepción parte exclusivamente para fines estadísticos, contrario a la naturaleza jurídica del SAT, la cual sí está facultada legalmente para proporcionar dicha información.”, dijeron.

 

Paola González y Tatiana Clouthier, reconocieron que el sistema de fiscalización en México requiere urgentemente de una reingeniería administrativa, orgánica y legislativa, a fin de crear mecanismos eficaces que posibiliten la redistribución de la riqueza a través de obtener una base real de los ingreso que sea suceptible de ser grabable, y con ello, contener y erradicar la evación fiscal de las rentas más altas en un claro senitdo de justicia; por lo tanto, dijeron, “no coincidimos en las formas legales que propone la multicitada propuesta, toda vez que observamos una clara violación al ámbito competencial del estado de derecho en lo general y a la vulneración de los derechos fundamentales (propiedad, seguridad jurídica, legalidad, debido proceso y libertad) de los ciudadanos garantizados en el texto constitucional.”, concluyeron en su posicionamiento.

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